Toluca, México.- La Suprema Corte de Justicia aclaró hoy que las decisiones de los nuevos tribunales de Disciplina Judicial (TDJ) estatales podrán ser impugnadas por medio de amparos, y que esos tribunales no podrán evaluar los criterios jurídicos de los juzgadores.

Lo anterior, al revisar la reforma judicial instrumentada en Veracruz, durante un debate en el que no se lograron ocho votos para invalidar ninguna de las normas impugnadas por el partido Movimiento Ciudadano ni el procedimiento para modificar la Constitución estatal.

En dicho debate, Ministros y Ministras que dejarán el cargo a finales de agosto reiteraron su rechazo a la remoción masiva de jueces, así como a la obligación de éstos de renunciar al cargo para tener derecho a pensiones o haberes de retiro.

Acotan a tribunales de Disciplina

En el caso de Veracruz, el Congreso estatal replicó el modelo del TDJ federal, cuyas sanciones a jueces y magistrados serán definitivas e inatacables.

Sin embargo, la Corte aclaró que la definitividad de las resoluciones del TDJ estatal no implica que no podrán ser impugnadas mediante amparo ante la justicia federal.

«El órgano disciplinario no puede valorar el contenido de las resoluciones judiciales ni interpretar el derecho en lugar del juez sancionado», agregó la Corte, al declarar la validez del artículo 62 de la Constitución de Veracruz, pero mediante una interpretación conforme que aclara sus límites.

Esto contrasta con las facultades del TDJ federal, que sí podrá examinar el contenido de las sentencias para detectar conductas «contra la administración de justicia».

La interpretación conforme tuvo seis votos, por lo que es la que regirá la redacción final de la sentencia.

La Constitución federal dejó cierto margen a los Congresos estatales para configurar sus TDJ, es decir, no tienen que copiar todas las características del órgano federal.

Rechazan remociones y renuncias

Cinco Ministros y Ministras votaron contra avalar la remoción generalizada de jueces y magistrados en Veracruz, necesaria para facilitar la elección del domingo pasado.

El Ministro Juan Luis González Alcántara sostuvo que, si bien la reforma judicial requiere estas remociones, no dejan de ser contrarias a tratados internacionales que prevén la inamovilidad y estabilidad de los jueces en sus cargos, para garantizar su independencia.

La Corte también discutió la obligación de jueces y magistrados veracruzanos en funciones de presentar su renuncia, si es que quieren conservar su pensión complementaria al salir del cargo.

Esta obligación se impuso en la Constitución federal solo a los Ministros de la Corte, ocho de los cuales renunciaron en octubre de 2024, aunque siete siguen en funciones, pero no se previó necesariamente para tribunales estatales.

«El condicionamiento de haberes de retiro a que magistrados renuncien a sus cargos, es incompatible con los estándares de independencia judicial», afirmó el Ministro Alfredo Gutiérrez.

Sin embargo, solo hubo seis votos por invalidar este precepto, de los ochos necesarios, por lo que seguirá vigente y aplicable a juzgadores de Veracruz para la elección de 2027.

De lo 32 estados, solo 19 tuvieron elección para jueces locales este domingo, pues la Constitución federal les permitió dejar la renovación de sus tribunales por voto popular hasta 2027.

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