Uno de sus beneficios, de los menos mencionados, de los programas asistenciales del gobierno federal, es el soporte económico ante el fallecimiento del beneficiario.
Las Pensiones Bienestar cuentan con la Marcha Bienestar para responder por los gastos de sepelio y traslado de quienes en vida estuvieron registrados en el programa.
Los destinatarios de la Marcha Bienestar son los familiares directos del titular beneficiario. En particular, quien será el encargado de gestionar el cobro de este beneficio es la persona que fue designada como auxiliar por el usuario de programa ya fallecido, indican los lineamientos aprobados de los programas asistenciales federales.
Con este apoyo, se espera que los familiares puedan solventar los gastos de sepelio, traslado y otras gestiones necesarias para dar digna sepultura a su ser querido.
Por la Pensión Adultos Mayores, los familiares pueden recibir hasta 3 mil 100 pesos como cobertura de sepelio; en el caso de la Pensión de Personas con discapacidad, el valor disminuye a mil 600 pesos y para la Pensión Mujeres Bienestar, el valor alcanza los mil 100 pesos.
Antes de dar inicio al trámite debe cerciorarte de contar con toda la documentación: acta de defunción del familiar, CURP y el del fallecido y además identificación vigente y comprobante de domicilio.
Si está seguro de tener la autorización que le valida como persona auxiliar, corresponde dar aviso del fallecimiento al personal de la Marcha Bienestar. Puede comunicarse vía telefónica al número telefónico 800 639 4264 o acudiendo a un módulo Bienestar.
Deberá aguardar por su procesamiento y por la notificación de cobro. El depósito se llevará a cabo en los siguientes dos meses.