Ciudad de México.- En un último intento por orillar a sus compañeros a reconocer que los acordeones sí impactaron en la elección del Poder Judicial, el magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez, les recriminó que quieran pruebas «imposibles o diabólicas».
Este martes, nuevamente, con tres votos contra dos, la Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó la declaración de validez de la elección del Tribunal de Disciplina Judicial, de magistrados de circuito y jueces de distrito, al resolver 19 impugnaciones en las que se pedía la nulidad de los comicios por el uso de acordeones.
Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes insistieron en que las pruebas presentadas eran insuficientes para determinar que dichas guías de votación influyeron en los electores.
Por ejemplo, en la resolución que presentó De la Mata sobre el uso de acordeones en la Tribunal de Disciplina, argumentó que el hecho de que los cinco magistrados ganadores hayan aparecido en los acordeones no es prueba de que quienes los votantes que los eligieron los hubieran usado.
El magistrado resumió que recibió en la impugnación 87 acordeones físicos y 225 acordeones digitales, además de tres videos en TikTok, 47 publicaciones de Facebook, 16 publicaciones de X, con fotografías de acordeones, así como 34 notas periodísticas. Sin embargo, justificó, nada de eso representa una prueba sólida para demostrar su existencia e influencia.
Por ejemplo, dijo, por qué los denunciantes no presentaron entrevistas con quienes fueron presionados con dichas guías, si es que las recibieron de esas personas.
Además, recordó, se afirma que estuvieron en 13 casillas, de más de 83 mil.
«No permiten tener certeza de su existencia material, ni mucho menos de su impacto en la jornada electoral. Con estas pruebas que son básicas, diría yo, muy pequeñas, no podemos llegar a una conclusión que lleve a anular una elección de carácter nacional», afirmó.
En el mismo sentido se pronunció Soto, quien afirmó que los acordeones presentados como pruebas pudieron ser impresos después de la jornada electoral.
«No hay una sola prueba que haga constatar que los acordeones que están en el expediente hayan sido utilizados o hayan influido en la votación.
«No hay una sola evidencia de que los acordeones sean mínimamente ni siquiera una conjetura, es solamente una idea de que pudieron haber influido cuando está claro que ni siquiera fueron utilizados por nadie porque están prácticamente recién impresos en este caso», apuntó.
El magistrado Reyes Rodríguez lamentó la posición de sus compañeros, y les cuestionó por qué hacen creer que miles de acordeones, que eran idénticos, los imprimieron ciudadanos en lo individual, y no terceras personas que buscaron influir en la elección.
Recriminó a sus homólogos que exigieran que los denunciantes demostraran en cuántas de las 83 mil casillas se usaron, cuántos votantes cambiaron su voto por esa causa o entrevistar a quienes los que los usaron.
«Considero alarmante el estándar probatorio que se exige para tener como probada una irregularidad sucedida en el marco de una elección. Lo que le exige a las partes es la producción de evidencia, que en la doctrina se conoce como pruebas imposibles o diabólicas», apuntó.
Fuentes le respondió que no quería «pruebas diabólicas», pero sí un dato que le permitiera construir la prueba circunstancial y valorar la racionalidad de los hechos denunciados.
Lo que sí aprobó la Sala Superior fue devolver el triunfo a otro candidato que había sido declarado inelegible por el INE al no acreditar el promedio de 9 en la especialidad por la que compitió.