Luego de que la presidenta Claudia Sheinbaum aseguró que dará seguimiento a los operativos en los que presuntamente inspectores del Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) han hostigado a los comerciantes locales, ese organismo aseguró que “no realizan operativos arbitrarios o extorsiones en contra de persona alguna”.
A través de un comunicado de prensa, el IMPI detalló que la Constitución y la Ley Federal del Derecho de Autor establecen que las personas creadoras en materia artística, literaria y musical, entre otras, son titulares de derechos de autor y dichos derechos deben ser protegidos en términos de la normatividad nacional e internacional.
El viernes, de forma previa, Iván Pérez, presidente local de Canaco, expuso que inspectores del IMPI, a través de la Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM), acudieron de manera simultánea a los hoteles María Bonita solicitando una cantidad de dinero para detener estos operativos.
Afirmó que dijeron al personal: “‘¿Para qué continuamos? Les dejamos en 300 mil pesos al año… bueno 120 mil’, y así se fueron haciendo las quitas hasta 50 mil pesos al año por hotel, pero, me pregunto: ¿esa no es una extorsión institucionalizada? Desde Canaco no tenemos miedo”, acotó.
Ese mismo viernes la presidenta Sheinbaum aseguró que dará seguimiento a los operativos que ha denunciado la Canaco local, en los que presuntamente inspectores del IMPI han hostigado a los comerciantes.
“No tengo información de estos operativos, que se estén haciendo, pero preguntamos a la Secretaría de Economía, de la que depende el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual”, señaló la mandataria en su conferencia mañanera.
El IMPI explica, en el documento enviado a la prensa, que “de conformidad con lo establecido en el artículo 26 bis de la Ley Federal del Derecho de Autor, cualquier persona que realice la comunicación o transmisión pública de una obra por cualquier medio, tiene la obligación de pagar las regalías directamente al autor o en su caso, a la Sociedad de Gestión Colectiva que los represente”.
La misma Ley en los diversos 231 y 232, señala la organización, establece una sanción para aquellas personas que obtienen un lucro directo o indirecto al poner a disposición o utilizar públicamente cualquier obra protegida por el derecho de autor y faculta al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para sancionar dichas conductas.
Al mismo tiempo aseguró que se encuentra facultado para llevar a cabo el acto jurídico denominado “visita de inspección” de conformidad con la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial en lo concerniente a las infracciones en materia de comercio, relacionadas con derechos de autor.
“Las visitas de inspección se ejecutan a petición de parte o de oficio… A fin de dotar de certeza a las personas visitadas, en estas diligencias los inspectores del IMPI tienen la obligación de identificarse con credencial expedida por el Instituto y no solicitan en ningún supuesto, la ejecución de algún pago”, explicó el IMPI.

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