Ciudad de México– El Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) -integrado por representantes del Gobierno federal, patronales y de los derechohabientes- determinó en 630 mil pesos el precio máximo de las viviendas construidas por el organismo.
El tope al precio de venta para las casas o departamentos de los conjuntos habitacionales que produzca o rehabilite el Infonavit en el marco del Programa de Vivienda para el Bienestar considera la capacidad de pago de las personas trabajadoras que perciben entre 1 y 2 salarios mínimos.
Asimismo, el cálculo del precio de venta contempla los costos del terreno (superficie, ubicación, etcétera), los de urbanización (redes hidráulicas, de energía eléctrica, estacionamiento, áreas verdes y recreativas, entre otros elementos), los de construcción o rehabilitación de las viviendas, así como los gastos administrativos, estudios, proyectos y demás costos indirectos.
“Considerando el salario mínimo vigente, el precio de venta máximo de las viviendas será de 630 mil pesos. Los costos individuales de cada vivienda se determinarán de manera específica para cada conjunto habitacional”, de acuerdo con las disposiciones aprobadas por el Consejo de Administración del Infonavit el pasado 29 de agosto y publicadas este viernes 19 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
“Si el salario mínimo cambia en una región, se podrá considerar un ajuste proporcional en estos precios”.
Para establecer los precios de cada vivienda se considerará el prototipo (vertical, unifamiliar, dúplex, cuádruplex o cualquier otro) y el piso de construcción dentro de la edificación en el que se encuentren las casas o departamentos.
Este precio quedará registrado en el Registro Único de Vivienda (RUV), se plasmará en los documentos que genere el Infonavit durante la inscripción del crédito y se informará para efectos de la escrituración en el documento “Carta de Instrucción Notarial para Comprar una Vivienda”, en el concepto “Precio de Compra-venta”.
“Las presentes disposiciones sólo serán aplicables cuando el Infonavit realice la primera enajenación a las personas trabajadoras derechohabientes una vez construidas o en su caso, rehabilitadas”, estipula el documento.
“En caso de que se produzca una venta subsecuente por quien resulte ser propietario de alguna vivienda, la determinación de su valor se regirá por las normas jurídicas aplicables y, en caso de financiarse con un crédito otorgado por el propio Instituto, en apego a la normativa institucional vigente aplicable a aquellos casos en los que se comercialice alguna vivienda que no produzca el Infonavit”.
El Consejo de Administración del Instituto determinará la necesidad de la actualización del precio máximo mediante la publicación de nuevas disposiciones.
La 4T emprendió una reforma para que el Infonavit vuelva a construir viviendas y no sólo financiar las que hacen los desarrolladores privados.