La sentencia de casi cinco años de cárcel en contra de Eliseo R. S., sacerdote de la Diócesis de Juárez, tras encontrarlo penalmente responsable de abuso sexual infantil, se suma a por lo menos tres casos más en que se apunta a figuras del clero católico en esta frontera.
El primero fue del sacerdote Leopoldo N., quien el 8 de septiembre de 2015 presuntamente abusó sexualmente de una mujer con esclerosis múltiple, y aunque fue vinculado a proceso, un Tribunal de Apelación lo absolvió del hecho en 2016, y la Diócesis no supo cómo aplicar el derecho canónico tras la denuncia de la víctima ante la Iglesia, según documentaron medios nacionales.
La resolución judicial se dio bajo el toca N 44/2016, dictada por el magistrado César Fernando Ramírez Franco, y fue en resumen porque el Ministerio Público no pudo comprobar que la víctima no podía resistirse al abuso sexual, pues su esclerosis múltiple afectaba su tren inferior más no las extremidades superiores como para oponerse físicamente, y se puso en duda su estado de shock que la habría imposibilitado de actuar contra el sacerdote.
En 2018 se dieron a conocer por este medio los reiterados episodios de violación y abuso sexual de Aristeo B. B. en contra de una niña entre 2015 y 2018, hecho que llegó incluso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2024 luego de que un Tribunal Colegiado de Circuito en Juárez ordenó prescindir de las perspectivas de género e infancia en la resolución penal, lo que la Corte determinó incorrecto y ordenó reponer su sentencia al Tribunal Colegiado, informó Érika Mendoza, representante legal de la víctima desde el Movimiento Estatal de Mujeres.
En 2021, B. fue sentenciado a 34 años de prisión luego de ser hallado culpable del hecho; su defensa apeló la decisión, pero el Tribunal de Alzada ratificó la sentencia condenatoria sin modificar la resolución primera, e incluso confirmando que la valoración del Tribunal de Enjuiciamiento a lo presentado en el proceso se hizo de manera correcta e inclusive con perspectiva de género y bajo el principio de interés superior de la niñez.
La defensa legal del acusado, encabezada por Maclovio Murillo Chávez, solicitó luego el amparo de la justicia federal, y el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Poder Judicial Federal en Juárez resolvió que la confirmación de sentencia no era correcta y debía suplirse la misma con otra en la que no se tomara en cuenta el testimonio de la víctima, y por otra parte, considerara todos los testigos de la parte defensora.
Se le instó a los magistrados del fuero común que, entonces, “prescinda(n) de desestimar los testimonios de descargo y proceda(n) a valorarlos armónicamente, siguiendo las reglas de la lógica y la sana crítica, a fin de verificar si a partir de los mismos se corrobora la hipótesis de inocencia de la defensa, así como atendiendo al principio de igualdad en el proceso”, se lee en la resolución de la Suprema Corte al mencionar este amparo directo.
A la fecha, no se ha llevado al Tribunal Colegiado de Circuito la resolución para establecer una nueva fecha de audiencia y resolución, señaló Mendoza.
Un caso más reciente es el de Istibal V. O., quien presuntamente abusó de una menor de edad en septiembre de 2020. Actualmente V. O. se encuentra libre.
En 2022 una jueza de control dictó auto de no vinculación a proceso contra V. O., acto contra el que se amparó el papá de la niña, como representante legal, pero al no haberse agotado el recurso de apelación, se negó el amparo. Entonces, la defensa particular del sacerdote solicitó terminar con la causa penal sin una resolución de fondo, el sobreseimiento de la causa penal, lo que un juez de Control permitió.
Fue hasta diciembre de 2024 que la Cuarta Sala Penal Regional resolvió revocar el sobreseimiento, pero Istibal V. O. se opuso a la decisión y se amparó, recurso legal que le fue negado en mayo de 2025, por lo que la Fiscalía continúa con las investigaciones.
“Las personas que integran cualquier institución religiosa, cualquiera que fuese, tienen una obligación de, primero, no cometer delitos, pero, además, como institución tienen que garantizar una vida libre de violencia a niñas, niños y adolescentes, y hacia cualquiera que sea de su propia asociación”, valoró Mendoza.
Agregó que estos personajes “no deben tener privilegios en ningún sentido por pertenecer a una institución o congregación”, ni deben aprovecharse de su calidad de líderes, personas respetadas y confiables y consejeros para cometer actos como los denunciados.
“No es ajeno para la comunidad católica que desde el Papa Francisco se han tomado determinaciones directamente dirigidas a la comunidad católica. Hay un reconocimiento explícito por parte de ellos para que si hay un delito sea sancionado conforme a las leyes del lugar donde residen, pero también que haya medidas para que niñas, niños y adolescentes no sean sometidos a ningún tipo de violencia”, apuntó.
La abogada que busca justicia para la víctima de Aristeo B. B. dijo que durante el tiempo que lleva integrada a la defensa de la niña no ha habido acercamiento de la Diócesis, pero, aunque lo hubiera “tenemos un criterio (de cualquiera que entienda de violencia de género), de que la mediación no existe cuando hay violencia de género. Y menos contra niñas, niños y adolescentes, y en este caso de naturaleza sexual. Aunque hubiese acercamiento puede haber entendimiento, pero nunca una mediación”.
Piden a Diócesis revisar protocolos de interacción con menores
La asociación civil Sin Violencia se unió al exhorto que realizó el juez Víctor Iván Rodríguez Trejo a la Diócesis de Ciudad Juárez para que revise sus protocolos de interacción entre los religiosos y los niños, niñas y adolescentes (NNA).
“Es necesario que la Diócesis tenga claro cuáles son los protocolos de protección a la infancia que tienen; que nos digan si existen estos protocolos, si los tiene debería de mostrarlos, y si no los tiene deberían de implementarlos”, pidió su directora, Elia Orrantia Cárdenas, tras la sentencia de cuatro años y 10 meses de prisión dictada por el juez en contra del sacerdote Eliseo R. S. por el delito de abuso sexual infantil ocurrido hace 12 años en contra de una menor de edad.
Ayer, El Diario informó que además de la sentencia, el juez exhortó a la Diócesis de Ciudad Juárez a revisar sus protocolos de interacción entre religiosos y menores de edad, a limitar la práctica de confesiones privadas con menores de edad y a reconocer públicamente “la obligación moral y social de proteger a la infancia y adolescencia”.
La directora de la asociación que ha apoyado la víctima del sacerdote Aristeo B. también pidió a la Diócesis que den a conocer cuál es el estatus dentro de la Iglesia de los dos sacerdotes sentenciados.
“No sabemos cuál es el estatus de Aristeo B., con respecto también a la sentencia que se le dio, nunca la Diócesis, y lo hemos pedido en muchas ocasiones que se manifieste. Cuando recién fueron los hechos, ellos dijeron que una vez sentenciado se pronunciaría, entonces el exsacerdote fue sentenciado pese a todos los recursos legales a los que su defensa ha acudido, ya llegamos hasta la Suprema Corte del Tribunal de Justicia y lo vuelven a sentenciar; sin embargo, jurídicamente sabemos cuál es el estatus, pero la Diócesis sigue siendo muy fría o totalmente omisa al no dar una postura”, reclamó.
Aunque no todos los sacerdotes de la Diócesis de Ciudad Juárez pueden ser pederastas o agresores sexuales, en virtud de la gran cantidad de NNA que prestan un servicio voluntario como monaguillos o monaguillas, “es necesario que la Diócesis tenga claro cuáles son los protocolos de protección a la infancia” existentes, así como los castigos a los sacerdotes ante hechos como los ocurridos.
“Nosotras nos sumaríamos a solicitarlo, y tal vez sea motivo que ya lo hagamos a través de un oficio. Sabemos que son sus propios derechos, que tienen su derecho canónico, pero no lo tenemos visible, no tenemos acceso a cuál es el derecho canónico, qué protege, cuáles son las consecuencias y cuál es la garantía cuando yo como madre, como padre, como familiar cuidadora decido y acepto que mi hijo o mi hija participe en un servicio de monaguillo o monaguilla, ¿qué protocolos tienen ellos para garantizar la protección de mi hijo o mi hija o mi familiar?”, cuestionó.
La Iglesia debe garantizar que la jerarquía de los religiosos no sea usada en contra de los derechos de la infancia, a través de protocolos de interacción, señaló.