Ciudad Juárez.- El 15 y 16 de septiembre miles de mexicanos se reúnen para celebrar la Independencia de México, pero ¿qué pasa si le toca trabajar?, ¿lo pagan doble o triple?

De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 16 de septiembre es un día festivo y por lo tanto de descanso obligatorio.

La Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet) publicó un artículo en el que explica cómo se deben pagar los días festivos, de acuerdo con el Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que los trabajadores que prestan sus servicios en día de descanso, que en este caso coincide con el 16 de septiembre, tendrán derecho a que se les pague un salario triple.

Ello debido a que, independientemente del salario que les corresponde, deben recibir un pago extra doble por el servicio prestado, es decir, un salario normal más el doble.

Dado que hay casos en los que los empleadores se han negado a cubrir el salario triple por trabajar en día feriado, la Profedet recordó a todos los empleados que se pueden acercar para lograr una conciliación.

Para ello, los afectados se deben comunicar a los números 01 800 911 7877 y 01 800 717 2942, o escribir al correo electrónico [email protected]

Igualmente, quienes consideren que su empleador no cumplió con esta obligación pueden comunicarse a la línea telefónica 079, un servicio del Gobierno de México atendido por la Profedet.

El 16 de septiembre es la conmemoración del inicio de la Independencia de México y una de las fiestas patrias más relevantes del año, por lo que es asignada como día festivo para estudiantes y trabajadores.

En tanto, el calendario oficial del Ciclo Escolar 2025-2026 establece que sólo el martes 16 de septiembre habrá suspensión de labores docentes, mientras que el 15 está señalado como un día de conmemoración o reflexión.

De esta manera, el primer asueto del período escolar será el martes 16 de septiembre, con motivo del Día de la Independencia de México. A diferencia de otros días festivos, este no se recorre, y el 15 de septiembre no es feriado.

A pesar de que esta fecha es la víspera de la fiesta nacional, cuando se lleva a cabo la tradicional ceremonia del Grito de Independencia, el calendario escolar de la SEP no la establece como un día de descanso oficial. Esto significa que, en estricto apego a las normas, los alumnos sí deben asistir a clases.

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