Chihuahua.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un comunicado en el que precisó que validó las disposiciones contenidas en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua relacionadas con la revocación de mandato, las cuales fueron motivo de una controversia constitucional promovida por la fracción legislativa de Morena en agosto de 2024.

La SCJN avaló la reforma propuesta por la fracción panista en ese entonces, al considerar que se ajustan tanto al procedimiento legislativo como a los parámetros establecidos en la Constitución Federal.

“El Pleno determinó que el procedimiento legislativo seguido por el Congreso local fue válido. Si bien la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la entidad -vigente al momento de los trabajos legislativos- establece la obligación de llevar a cabo un ejercicio de parlamento abierto”, indicó.

“La Corte concluyó que, en el caso concreto, la omisión de realizarlo no es suficiente para invalidar las normas impugnadas pues se trata de una reforma dictada en cumplimiento de un mandato de armonización constitucional”, agregó en el comunicado la SCJN.

El origen de la reforma estatal tiene su origen el 20 de diciembre de 2019, cuando fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reforma constitucional en materia de consulta popular y revocación de mandato.

“En su artículo sexto transitorio se estableció la obligación para las entidades federativas de armonizar su legislación en un plazo de 18 meses, con el propósito de incorporar en sus textos constitucionales locales el derecho a solicitar la revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo local o, en su caso, adecuar su marco jurídico interno conforme a lo previsto en dicha reforma, como es el caso de Chihuahua, que ya contemplaba esta figura”, apuntó.

Concluyó que cuando se trata de una armonización constitucional, las legislaturas estatales no cuentan con libertad configurativa como ocurre en otros casos, sino que están obligadas a reproducir los principios, derechos, alcances y diseño previsto en la norma fundamental.

“Esta armonización busca garantizar la coherencia del sistema jurídico, asegurar la efectiva aplicación de los preceptos constitucionales y evitar contradicciones normativas que limiten o impidan el ejercicio de los derechos fundamentales”, finalizó.

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