Ciudad de México.- El Pleno del Congreso de Baja California aprobó esta tarde la tipificación del delito de transfeminicidio en el Código Penal y Civil del Estado, el cual tendrá a partir de ahora una condena de 40 a 60 años de prisión, así como una multa, creando un precedente de logro para la comunidad de la diversidad sexual.

Baja California se suma así a Nayarit, Ciudad de México, Campeche y Baja California Sur, que tipificaron este delito entre el 2024 y 2025.

Con 21 votos a favor, de todos los diputados presentes, el dictamen 1, presentado por el legislador morenista Jaime Eduardo Cantón Rocha, Presidente de la Comisión de Diversidad, se reformó el artículo 129 QATER del Código Penal para Baja California y se agrega un párrafo al artículo 115 del Código Civil del Estado.

«Comete el delito de transfeminicidio quien por razones de identidad o expresión de género prive de la vida a una mujer trans, o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género, a razón de su identidad de género en una intersección de violencias, transfóbica y misoginia», señala el nuevo artículo del Código Penal.

La normativa contempla los supuestos para valoración de las autoridades investigadoras, tales como violencia sexual, lesiones, mutilaciones, actos de necrofilia, amenazas, acoso, violencia familiar o escolar, una relación de parentesco o sentimental, relación transaccional, laboral, de confianza, entre otras.

«A quien cometa el delito de transfeminicidio se le impondrán de 40 a 60 años de prisión, y multa de 500 a 2 mil veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA)», añade el Código Penal.

La condena se agravará hasta en una tercera parte de la sanción prevista si hay presencia de saña en el crimen, crueldad, aumento de dolor de la víctima, cuando haya testigos o evidencia que señale que hubo mensajes de odio hacia la víctima o que ésta sea despojada de los elementos distintivos de expresión de género.

También hay otras agravantes como que la víctima sea activista, actos de explotación sexual, trata de personas, cuando el delito sea cometido por dos o más personas, menores de edad, personas discapacitadas, o amenazas de muerte previas.

Para la acreditación del transfeminicidio, la Fiscalía deberá aplicar protocolos ya previstos en delitos contra la comunidad LGBTTTIQ+.

Además, el delito de transfeminicidio es imprescriptible.

En tanto que la reforma al Código Civil indica que el acta de defunción tendrá los datos que un oficial del Registro Civil, así como dos familiares de la víctima y/o vecinos, refieran.

Las actas de defunción podrán ser tramitadas por la familia social de la víctima.

Las reformas entrarán en vigor cuando sean publicadas en el Periódico Oficial del Estado.

En la sesión legislativa en Mexicali estuvo presente un grupo de mujeres Trans de todo el Estado.

«Es un día histórico para la comunidad de diversidad sexual y de comunidad Trans de Baja California», festejó el diputado Cantón Rocha desde la tribuna.

El Observatorio de la Asamblea Nacional Trans y No Binaria documentó en el 2024 un total de 61 transfeminicidios en México.

En noviembre del 2021, el Colectivo Diversa (Codiver) indicó a Grupo REFORMA que, entre 6 de junio del 2010 y el 3 de noviembre del 2021, se reportaron al menos ocho transfeminicidios en Ensenada y Tijuana, entre ellas el de la activista Jeanine Huerta López, de 34 años, integrante del Centro Comunitario SER, asesinada al interior de su departamento.

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