Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó que los municipios tengan competencia para otorgar y cobrar permisos para la construcción o funcionamiento de obras en materia eléctrica e hidrocarburos, pues es una facultad de la Federación.

En su segunda sesión pública desde que tomaron el cargo, los nueve ministros analizaron controversias constitucionales interpuestas por la Presidencia contra leyes de Ingresos municipales de Sabinas, Múzquiz, Nava, Castaños, Ocampo y Frontera, en Coahuila.

Estas localidades pretendían cobrar licencias de funcionamiento de las centrales productoras de energía termoeléctrica, térmica solar, hidroeléctrica, eólica, fotovoltaica, aerogeneradores, o similares, así como de las edificaciones para la extracción del gas de lutitas o shale, gas natural y gas no asociado y los pozos para la extracción de cualquier hidrocarburo.

El Ministro Presidente, Hugo Aguilar Ortiz, abogó porque se reconociera la facultad constitucional que tienen los municipios para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, pero el resto de los ministros votó en contra, por lo que prevalecieron las propuestas de invalidez de las leyes de ingresos municipales, como lo plantearon las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz.

«No podemos dejar en manos de un Municipio que se dé un permiso», dijo Ortiz al tiempo que indicó que tales permisos contravendrían el artículo 27 constitucional sobre el dominio de la Nación sobre sus tierras y recursos.

«No es cualquier artículo, es el 27 constitucional. En el caso de hidrocarburos para otorgar, ahora sí, que puede estar en manos de dígase 'extranjeros', es que nos estamos olvidando de extranjeros, ¿eh?».

En tanto, Esquivel insistió en que el asunto de los hidrocarburos es competencia exclusiva de la Nación.

Aguilar Ortiz citó el artículo 115 de la Constitución federal que reconoce la facultad de los municipios para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo.

«No hay que ser ajenos a la problemática social que muchas veces generan estos proyectos de gran envergadura, porque las comunidades, las localidades o, en este caso, los municipios en los lugares donde se implementan no son tomadas en consideración», dijo, sin éxito.

En cuatro horas y doce minutos, los nuevos Ministros de la Corte analizaron 13 asuntos, cuatro acciones de inconstitucionalidad y nueve controversias, pendientes desde la sesión pasada, del jueves, sin lograr respetar todavía los tiempos planteados en su reglamento de sesiones que busca dar rapidez al desahogo de temas.

«Yo quisiera ofrecer una disculpa por abusar también en el uso de la palabra, pero sí quiero llamar la atención», dijo el Ministro Presidente antes de abogar por una de sus propuestas.

El Pleno de la Corte también invalidó artículos de leyes de ingresos de 21 municipios de Michoacán, Durango y Guerrero que permitían cobrar hasta 140 pesos por copias y más de 452 por copias certificadas y exhortaron a los congresos locales a establecer una metodología de cobro que justifique el monto.

Lenia Batres había propuesto no interferir en las facultades de los congresos locales para fijar el cobro, incluso había considerado que el alto costo eran «incentivos adecuados para que los ciudadanos usen racionalmente los servicios públicos», pero la mayoría de los ministros consideró que debe prevalecer el derecho de todas las personas a acceder a la información pública digitalizada, sin que su capacidad económica sea un obstáculo.

Ortiz propuso invalidar el cobro en todos los proyectos del caso y agregar un exhorto a los congresos, pero Batres insistió en que una vez redactado se debe volver a votar en el Pleno.

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